Dictamen CGR

Dictamen N° 40343/2017

2017-11-16 · Probidad, transparencia e inhabilidades · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento por haberse dictado sentencia judicial en el asunto reclamado

N° 40.343 Fecha: 16-XI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Yasna Escobar Orellana, exfuncionaria del Ejército, impugnando la licitud de su desvinculación de esa institución castrense, por haberse declarado su salud como no apta para el servicio, por cuanto estima que la investigación sumaria administrativa que se instruyó al efecto, a cuyo término se concluyó que su enfermedad no es profesional, adolecería de vicios, por lo que solicita se disponga la reapertura de ese proceso investigativo. Al respecto, cabe recordar, por una parte, que de la interesada, en relación con la misma materia, interpuso una acción de tutela laboral ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, rol N° 245-2017, por lo que esta Entidad Fiscalizadora, mediante el oficio N° 17.966, de 2017, se abstuvo de emitir el pronunciamiento requerido y, por la otra, que el señalado tribunal, en su sentencia de fecha 14 de junio de 2017, rechazó dicha acción judicial. De esta manera, este Organismo de Control debe abstenerse de emitir el pronunciamiento requerido, pues con arreglo a lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 6° de la ley N° 10.336, no le corresponde informar ni intervenir en asuntos sometidos al conocimiento de los Tribunales de Justicia. Sin perjuicio de lo expuesto, se ha estimado necesario hacer presente, en armonía con el criterio contenido en los dictámenes N os 77.391, de 2013 y 64.627, de 2015, de este origen, entre otros, que la atribución para disponer la reapertura de un proceso sumarial se radica en la autoridad que lo afina, pues es a ella a la que corresponde determinar si hay elementos que revistan la condición de sucesos no conocidos ni ponderados, y discernir si son de tal relevancia que puedan modificar lo resuelto. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento Departamento de Previsión Social y Personal

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