Dictamen N° 40882/2011
N° 40.882 Fecha: 30-VI-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Municipalidad de La Granja, requiriendo un pronunciamiento acerca de la cuenta a la que debe imputar el gasto que le ha irrogado el cumplimiento de una sentencia judicial condenatoria dictada en su contra, en la causa laboral que indica. Sobre el particular, cabe señalar que el clasificador presupuestario contenido en el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda -aplicable a las municipalidades desde el año 2008-, contempla el Subtítulo 26 Ítem 02 denominado "Compensaciones por daños a terceros y/o a la propiedad", el cual permite solventar aquellos gastos por concepto de pagos como compensación por daños a las personas o a las propiedades causados por organismos del sector público. Dicha normativa indica que ellos pueden ser tanto pagos para el cumplimiento de las sentencias que se encuentren ejecutoriadas, incluidas las de origen previsional, dictadas por autoridades competentes de acuerdo con el artículo 752 del Código de Procedimiento Civil u otras disposiciones legales, como pagos de gracia acordados extrajudicialmente. Como es posible advertir el mencionado ítem presupuestario comprende específicamente los gastos en que un municipio deba incurrir para pagar obligaciones derivadas de sentencias judiciales ejecutoriadas -como aquella a la que se refiere la presentación de la especie-, por lo que esa municipalidad deberá proceder a realizar la imputación por la que consulta con cargo a esa cuenta (aplica criterio contenido en el dictamen N° 21.085, de 2009). Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante