Dictamen CGR

Dictamen N° 41508/2014

2014-06-10 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Reconsidera oficio N° 15.330, de 2013, de la Contraloría Regional de Valparaíso, procediendo que la Municipalidad de Cabildo nombre al servidor que indica, en un cargo de la planta de jefaturas grado 11, por encontrarse en una situación excepcional que requiere amparo

N° 41.508 Fecha: 10-VI-2014 La Contraloría Regional de Valparaíso ha remitido una presentación de la Municipalidad de Cabildo, en la que solicita la reconsideración del oficio N° 15.330, de 2013, de esa Sede Regional, y que se deje sin efecto la orden de proveer la plaza grado 11 de la planta de jefaturas, conforme a las normas generales que rigen la materia, permitiéndole designar al señor Juan Figueroa González en dicho cargo. Fundamenta su requerimiento en que, con fecha 30 de septiembre de 2013, se ha producido la vacante del grado 11 del estamento de jefaturas, y en que, en la especie, no se dan los supuestos exigidos en la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, que permitan ordenar el ascenso de algún otro servidor. Por su parte, el mencionado señor Juan Figueroa González, ha requerido el cumplimiento de lo dispuesto en el oficio N° 9.630, de 2011, de la aludida Sede Regional, en orden a que la citada municipalidad lo nombre en el referido cargo grado 11 de la planta de jefaturas. Como cuestión previa, cabe recordar que al término de un concurso público efectuado con el fin de proveer la plaza que ocupaba la señora Patricia Godoy Rojas, quien fue destituida, la mencionada municipalidad, mediante el decreto alcaldicio N° 1.620, de 30 de octubre de 2009, nombró al señor Juan Figueroa González, en dicho cargo. Enseguida, la aludida Contraloría Regional, por oficio N° 6.701, de 2009, acogió la reclamación formulada por la señora Godoy Rojas en contra de la legalidad del sumario que la afectó, por lo que dicha entidad edilicia procedió a ordenar su reincorporación al municipio mediante el decreto N° 991, de 2010. A su turno, esta Entidad de Control, a través del dictamen N° 11.619, de 2011, determinó que procedía contratar asimilado a grado 11 al ganador del anotado certamen -Juan Figueroa González-, en cualquier planta que no fuera la de jefaturas, debido a que los cargos de este estamento no pueden ser desempeñados por personal a contrata. Posteriormente, mediante el oficio N° 9.630, de 2011, la citada Contraloría Regional concluyó que correspondía que la designación a contrata del señor Figueroa González fuera prorrogada hasta que se produjera una vacante en un cargo grado 11 de la planta de jefaturas, señalando, además, que dicha plaza debía ser ocupada por ascenso si procediere, atendido el carácter excepcional de la situación del referido servidor, la que no altera las normas sobre provisión de cargos que se contemplan en la mencionada ley N° 18.883. Luego, mediante decreto alcaldicio N° 1.765, de 2013, la aludida señora Patricia Godoy Rojas, fue ascendida a contar del 1° de octubre de 2013, al cargo grado 10 de la planta profesional, generándose la vacante por la que se consulta. Pues bien, a través del oficio N° 15.330, de 2013, cuya reconsideración se solicita, la anotada Oficina Regional de Control instruyó a dicho ente edilicio regularizar la situación del señor Juan Figueroa González, contratándolo en un cargo asimilado al estamento profesional, con igual grado al que se había adjudicado en el certamen en que participó -sin perjuicio de incorporarlo al primer puesto vacante que se produjera en las mismas condiciones-, reiterando, respecto de la forma en que debía proveerse la plaza en comento, que ello correspondía ser realizado conforme a las reglas generales, esto es, por ascenso y, excepcionalmente, mediante un concurso. Relacionado con lo anterior, cabe mencionar que, según consta en el Sistema de Información de Personal de la Administración del Estado que mantiene este Organismo Superior de Control, el señor Juan Figueroa González fue contratado asimilado al grado 11 de la planta de profesionales, mediante decreto alcaldicio N° 1.620, de 2009, prorrogándose dicha situación, sucesivamente, en las anualidades siguientes. Al respecto, conviene hacer presente que, en la especie, el señor Juan Figueroa González postuló a un concurso público convocado por la Municipalidad de Cabildo en la creencia que dicho certamen se encontraba ajustado al ordenamiento jurídico, adjudicándose el cargo grado 11 de la planta de jefaturas. Así, en el caso en estudio, debe considerarse que el afectado actuó de buena fe, en el convencimiento de hacerlo dentro del ámbito de legitimidad, con la confianza en que el proceder de la Administración se ajustaba a derecho, motivo por el cual no puede verse perjudicado por un error del municipio sin tener responsabilidad o participación alguna en ello (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 43.176, de 1999; 74.873, de 2011; y 85.185, de 2013). En consecuencia, en mérito de lo expuesto, y de la situación excepcional en que se encuentra el señor Juan Figueroa González, la que amerita amparo, no cabe sino concluir que la Municipalidad de Cabildo deberá proceder a nombrarlo, con preferencia a la aplicación de las normas generales de provisión de cargos municipales contenidas en la anotada ley N° 18.883, en el empleo grado 11 de la planta de jefaturas de dicho órgano comunal, a partir del 1 de octubre de 2013, informando de ello a la referida Sede Regional en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción del presente oficio. Reconsidérense, en lo pertinente, los oficios N°s. 9.630, de 2011 y 15.330, de 2013, de la Contraloría Regional de Valparaíso, y los dictámenes N°s. 24.946, de 2003; 15.528, de 2005; y 56.143, de 2007, todos de este origen. Transcríbase al interesado y a la Contraloría Regional de Valparaíso. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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