Dictamen CGR

Dictamen N° 41879/2017

2017-11-29 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Desestima reclamos en contra de proceso de selección convocado por el Servicio de Impuestos Internos
Aplicado por
Dictamen N° 6066/2018
Aplica dictámenes

N° 41.879 Fecha: 29-XI-2017 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Teresa Traverso Carvajal, para reclamar en contra de un proceso de selección convocado por el Servicio de Impuestos Internos para proveer diversos cargos de fiscalizadores en ese organismo, por estimar que se trataría de uno de carácter cerrado y dirigido, ya que para participar en él se exigió poseer únicamente ciertas profesiones. Requerido su informe, el aludido servicio manifestó, en síntesis, que la recurrente no cuenta con alguno de los títulos que la ley exige para desempeñarse en los empleos concursados, por lo cual fue eliminada de tal certamen, conforme con las bases y el marco normativo que lo regula. En primer lugar, cabe indicar que el artículo 2°, N° 3, del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2016, del Ministerio de Hacienda, que fija la planta de personal del Servicio de Impuestos Internos, exige para el ingreso al estamento de fiscalizadores, alternativamente, tener un título profesional universitario de ingeniero civil, ingeniero comercial, ingeniero forestal, ingeniero agrónomo, contador auditor, administrador público, arquitecto o constructor civil. Luego, es del caso señalar, en atención a que la ley N°18.834, no contiene reglas explícitas acerca del desarrollo de los certámenes para proveer empleos a contrata, que la autoridad está facultada para utilizar el sistema que estime conveniente, debiendo respetar los lineamientos que estipule, tal como fuese precisado en el dictamen N° 30.968, de 2017, de esta Entidad de Control, entre otros. En ese contexto, se debe indicar que el Servicio de Impuestos Internos, mediante su resolución exenta N° 8.803, de 2017, llamo a un proceso de selección para proveer empleos a contrata asimilados al grado 15 de su planta de fiscalizadores, requiriendo para tales puestos, en el punto II de las respectivas bases administrativas, poseer un título profesional de Ingeniero Comercial, Administrador Público o Contador Auditor. Puntualizado lo anterior, es necesario tener presente que esta Contraloría General, en su dictamen N° 94.301, de 2014, entre otros, ha sostenido que cualquiera sea la condición jurídica de la función a desempeñar, las personas que deseen ingresar a la Administración deben cumplir con los requisitos generales y especiales que contemple el ordenamiento jurídico y que en el caso de las contratas corresponderán a los establecidos para el cargo al que se asimile su empleo, en la especie, a la planta de fiscalizadores. Ahora, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que la señora Traverso Carvajal es titulada de la carrera de Ingeniería de Ejecución en Administración, que, por cierto, no es de aquellas profesiones que exige la citada normativa para acceder a los empleos concursados y que, por ende, no fue considerada en las aludidas pautas para participar del referido certamen. En consecuencia, se desestiman las alegaciones planteadas por la recurrente, quien no pudo participar en el anotado proceso de selección, dado que no posee el título exigido para ello. Transcríbase al Servicio de Impuestos Internos. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General de la República Alejandro Riquelme Montecinos Jefe de Departamento de Previsión Social y Personal

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 30968/2017
Aplica dictámenes
Dictamen N° 94301/2014
Aplica dictámenes