Dictamen CGR

Dictamen N° 42145/2009

2009-08-04 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Vigente
Sumario. Sobre pago de la asignación de desempeño difícil del art/28 de la ley 19378

N° 42.145 Fecha: 4-VIII-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Wendy Marchena Marchena, ex funcionaria del Departamento de Salud de la Municipalidad de Padre Hurtado, reclamando el pago de la asignación de desempeño difícil, contemplada en eI artículo 28 de la ley N° 19.378, que Establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal. Solicitado el informe respectivo, la Municipalidad de Padre Hurtado mediante el oficio N° 300/20/563, de 2009, señala que a través del decreto N° 2.115, de 2001, se ordenó el pago de la referida asignación conforme a la planilla correspondiente a la dotación del año 2007, en la que no se encontraba incluida la recurrente toda vez que, ésta fue contratada a partir del 1° de enero del año 2008 y hasta el 30 de diciembre del mismo año. Al respecto, es oportuno destacar que la jurisprudencia administrativa de este Órgano Contralor contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 34.595 y 34.599, ambos del año 2009 -cuyas copias se remiten para su conocimiento-, precisan que para impetrar la asignación en estudio, es menester que el funcionario se desempeñe en un establecimiento calificado como de desempeño difícil por el Ministerio de Salud, o bien, que ejecute labores en un Servicio de Atención Primaria de Urgencia y que se encuentre incorporado a la dotación de salud respectiva, mediante un contrato a plazo fijo o indefinido, debiendo agregarse a esos requisitos, el hecho de que la jornada de trabajo expresada en horas cronológicas haya sido prevista en el decreto supremo que fija los establecimientos calificados como de desempeño difícil. Conforme a lo anterior, se ha concluido en dichos pronunciamientos, que procede el pago de la asignación de desempeño difícil a aquellos servidores que se incorporaron con posterioridad a la fecha en que las entidades administradoras de salud municipal propusieron los establecimientos que debían ser calificados como de desempeño difícil, siempre que las respectivas jornadas hayan sido expresamente previstas en la dotación y, por ende, en el correspondiente decreto supremo que fijó tales establecimientos. En consecuencia, cumple esta Contraloría General con concluir que la Municipalidad de Padre Hurtado, deberá ajustarse respecto del estipendio reclamado, a los términos contenidos en el presente oficio y en los dictámenes que se acompañan. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 34595/2009
Aplica dictámenes
Dictamen N° 34599/2009
Aplica dictámenes