Dictamen N° 45290/2011
N° 45.290 Fecha: 19-VII-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Elizabeth Panes Curiquil, funcionaria del Fondo de Solidaridad e Inversión Social, para solicitar un pronunciamiento sobre si la autoridad se encuentra facultada para disponer el término de su contratación, no obstante afectarle un grado de discapacidad del 60%, producto de un accidente de trabajo ocurrido en el año 2009. Requerida de informe, la citada repartición pública se refirió al asunto planteado, acompañando la documentación pertinente. En forma previa, corresponde señalar que, según los registros de esta Entidad de Control y los antecedentes tenidos a la vista, la recurrente fue contratada en el aludido Servicio mediante la resolución N° 247, de 2008, por el período comprendido entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de dicha anualidad, bajo la fórmula mientras sean necesarios sus servicios, labores que fueron prorrogadas en iguales condiciones, disponiéndose la última de ellas hasta el 31 de diciembre de 2011. Luego, es dable manifestar que la reiterada jurisprudencia administrativa de este Organismo Contralor, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 58.122, de 2009 y 64.595, de 2010, ha declarado que cuando una contratación ha sido dispuesta con la cláusula “mientras sean necesarios sus servicios” u otra equivalente, la superioridad puede ponerle término en el momento que estime conveniente, sin que para ello se requiera la aceptación del afectado. De este modo, es menester colegir que la jefatura superior del organismo en el cual presta sus funciones, se encuentra facultada para disponer el término anticipado de su contratación, de acuerdo con el análisis de los aspectos de mérito y oportunidad que así lo justifiquen, siendo del caso precisar que ni la normativa estatutaria que rige la relación laboral de la requirente con la aludida repartición, contenida en la ley N° 18.834, como, tampoco, la ley N° 20.422, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, contemplan como causal de inamovilidad en el empleo el padecer algún grado de discapacidad. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República