Dictamen N° 4579/2015
N° 4.579 Fecha: 16-I-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Presidente de la “Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU”, don Stefan Larenas Riobó, solicitando que esta Entidad Fiscalizadora revise los contratos de concesiones celebrados por los municipios que indica, con las empresas prestadoras del servicio de estacionamientos en la vía pública, dado que con ocasión de un estudio llevado a cabo por dicha organización, se observó una concentración de las anotadas sociedades, circunstancia que, a juicio del recurrente, genera que se cobren tarifas excesivas. Sobre el particular, cabe señalar que de acuerdo con la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 42.380, de 2012, no corresponde que esta Contraloría General emita un pronunciamiento en relación con la materia, por cuanto incide en un asunto que excede de su competencia, la cual recae en la Fiscalía Nacional Económica, de conformidad con lo previsto en los artículos 2° y 39 del decreto ley N° 211, de 1973 -que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia-. Asimismo, es dable precisar que esta Entidad Fiscalizadora se encuentra impedida de evaluar los aspectos de mérito o conveniencia de la determinación adoptada por las entidades edilicias, relativa a la fijación de tarifas en las concesiones de que se trata, conforme a lo establecido en el artículo 21B de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Contraloría General. En consecuencia y en atención a lo expuesto precedentemente, este Órgano Fiscalizador debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado. Transcríbase a la Fiscalía Nacional Económica. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante