Dictamen N° 49903/2016
N° 49.903 Fecha: 06-VII-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General don, funcionario de la Dirección General de Aeronáutica Civil, para solicitar que se le reintegre el monto descontado de su remuneración por concepto de bono de escolaridad mal percibido, dado que, a su juicio, habría reunido los requisitos para ser beneficiario de aquel. Requerido su informe, la mencionada dirección expresa que el interesado impetró extemporáneamente tal bonificación, por lo que no tuvo derecho a recibirla. Sobre el particular, cabe manifestar que el artículo 13 de la ley N° 20.799, otorgó, por una sola vez, a los trabajadores del sector público que indica, un bono de escolaridad no imponible ni tributable, por cada hijo que cumpliera con los requisitos que ahí se detallan, pagadero en dos cuotas iguales en los meses de marzo y junio de 2015. Al respecto, la jurisprudencia de este origen contenida, entre otros, en el dictamen N° 77.946, de 2013, ha sostenido que el examen de la concurrencia de los requisitos necesarios para impetrar el referido bono de escolaridad debe efectuarse en relación con el momento en que debe hacerse el pago del mismo, de manera que la solicitud del beneficio y su acreditación puede realizarse con posterioridad al mes de marzo -data en la cual se devenga el derecho-, sin perjuicio de considerar, desde esa época, el plazo de prescripción de seis meses previsto en el artículo 99 de la ley N° 18.834, aplicable en la especie. Ahora bien, de los documentos tenidos a la vista, aparece que el ocurrente solicitó el citado bono el 12 de diciembre de 2015, esto es, fuera del anotado término de seis meses, y además lo hizo sin acompañar los antecedentes necesarios para obtenerlo, por lo que el descuento practicado a su remuneración de junio de 2015, por habérsele pagado tal beneficio en marzo del mismo año sin haber acreditado su procedencia, se ajustó a derecho. En consecuencia, se desestima la pretensión del señor Muñoz Ramiro. Transcríbase a la Dirección General de Aeronáutica Civil y a la Superintendencia de Seguridad Social. Saluda atentamente a Ud., Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante