Dictamen N° 50064/2011
N°50.064 Fecha: 09-VIII-2011 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General, el señor Juan Carlos Varela Morgan, en representación de VC Inversiones Limitada, solicitando un pronunciamiento específico que determine que su representada se encuentra exenta del pago de patente municipal por desarrollar actividades de inversión pasiva, en cumplimiento de lo manifestado en los dictámenes N°s. 27.677 y 79.507, ambos de 2010. En relación con la materia, cabe manifestar que, en virtud de una anterior presentación del recurrente, esta Entidad Fiscalizadora, mediante el oficio N° 25.800, de 2011, recordó que de acuerdo con el citado oficio N° 27.677, de 2010, la inversión pasiva, que, en general, consiste en la adquisición de toda clase de bienes con fines rentísticos, sea cual fuere la forma jurídica que adquiera el inversionista, que no involucre la producción de bienes ni la prestación de servicios, no constituye una actividad que configure el hecho gravado contemplado en el artículo 23 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. Sin embargo, acorde se reiteró también a través de tal oficio, corresponde al respectivo municipio verificar, con sujeción a lo señalado en dicha jurisprudencia, la realización de actividades gravadas con patente municipal, a través de los antecedentes que le proporcione el propio interesado como, asimismo, mediante los mecanismos de fiscalización de que disponga para comprobar la efectividad de esa situación de hecho. En este contexto, considerando que la situación de la especie, como puede apreciarse, ha sido estudiada por este Órgano de Control, y sin perjuicio que el citado oficio N° 27.677, de 2010, se encuentra actualmente en revisión, atendidas las solicitudes de reconsideración formuladas por la Asociación Chilena de Municipalidades y diversas entidades edilicias, no cabe sino señalar que dichos pronunciamientos se encuentran plenamente vigentes y son obligatorios para los municipios. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República