Dictamen CGR

Dictamen N° 51225/2015

2015-06-26 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Reclamos por devolución de primas de un seguro contratado con la mutualidad de Carabineros, es de competencia de la Superintendencia de Valores y Seguros
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N° 51.225 Fecha: 26-VI-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Ignacio Flores Sepúlveda, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando se ordene a la Mutualidad de Carabineros que le restituya las sumas pagadas por un seguro que mantenía en esa entidad. Al respecto, cabe señalar que aquella mutualidad, en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo séptimo de la ley N° 18.660 y del artículo 3° del decreto ley N° 3.538, de 1980, sustituido por el artículo 142 de la ley N° 18.046, y tal como se informó en los dictámenes N os 16.874, de 2010 y 81.879, de 2013, de este origen, en su calidad de institución aseguradora, se encuentra sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, motivo por el cual, y atendiendo a lo previsto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se le remite copia de la referencia para los fines procedentes. Transcríbase al señor José Ignacio Flores Sepúlveda. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante

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