Dictamen CGR

Dictamen N° 81879/2013

2013-12-12 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Reclamo por devolución de primas de un seguro contratado con la Mutualidad de Carabineros, es de competencia de la Superintendencia de Valores y Seguros
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N° 81.879 Fecha: 12-XII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Armando Benedicto Saldivia Maldonado, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando se ordene a la Mutualidad de Carabineros que le restituya las sumas pagadas por el seguro que mantenía en esa entidad. Al respecto, cabe señalar que la referida mutualidad, en virtud de lo dispuesto en el inciso tercero del artículo séptimo de la ley N° 18.660 y del artículo 3° del decreto ley N° 3.538, de 1980, sustituido por el artículo 142 de la ley N° 18.046, y tal como se informó en el dictamen N° 16.874, de 2010, de este origen, en su calidad de institución aseguradora se encuentra sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, motivo por el cual, y atendiendo a lo previsto en el inciso segundo del artículo 14 de la ley N° 19.880, se remiten los antecedentes de la referencia para los fines procedentes. Transcríbase al señor Armando Benedicto Saldivia Maldonado y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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