Dictamen N° 51770/2013
N° 51.770 Fecha: 14-VIII-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Gustavo Adolfo Muñoz Silva, exfuncionario de Gendarmería de Chile, solicitando que, en virtud de lo expresado en el dictamen N° 7.426, de 2008, de este origen, se disponga su reincorporación. Requerido su informe, esa entidad indicó, en síntesis, que la desvinculación del peticionario se produjo el año 2002, por lo que, respecto de aquel, sería inaplicable el citado oficio. Sobre el particular, cabe anotar que este Organismo Fiscalizador, a través del mencionado dictamen N° 7.426, de 14 de febrero de 2008, determinó que el otorgamiento de alguno de los beneficios establecidos en la ley N° 18.216, en lo que interesa, a los servidores de Gendarmería de Chile, le permite al condenado ser considerado como si nunca lo hubiese sido y, por consiguiente, no se encuentra obligado a cesar; pronunciamiento que constituyó una modificación acerca de la interpretación de las normas pertinentes de ese texto legal, en el ámbito administrativo, que por razones de resguardo del principio de certeza jurídica, solo rige hacia el futuro, sin afectar las situaciones particulares consolidadas durante la vigencia de la doctrina sustituida, tal como se resolvió en los dictámenes N os 53.806, de 2009 y 67.940, de 2010, entre otros, de este Ente Contralor. De este modo, dado que el alejamiento del señor Muñoz Silva, por afectarle la inhabilidad prevista en el artículo 54, letra c), de la ley N° 18.575, esto es, hallarse condenado por crimen o simple delito, se verificó el día 3 de septiembre del año 2002, no es posible reevaluar su caso del modo que pretende, por cuanto ello atentaría contra la seguridad jurídica de la resolución tramitada conforme con la jurisprudencia vigente a esa data, ni tampoco es posible aplicar en la especie, el nuevo criterio contenido en el aludido oficio N° 7.426, de 2008. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República