Dictamen N° 52445/2013
N° 52.445 Fecha: 16-VIII-2013 Esta Entidad de Control nuevamente ha debido abstenerse de tomar razón de la resolución N° 3.095, de 2012, del Complejo Asistencial Dr. Sótero del Río, que aplica una medida disciplinaria al exfuncionario que individualiza, toda vez que, como se señaló en el dictamen N° 13.738, de 2013, de este origen, no procede sancionarlo, ya que ese organismo le aceptó la renuncia voluntaria a contar del 22 de junio del año 2011, según la resolución N° 958, de 2013, de dicho establecimiento, es decir, con anterioridad a la fecha del acto administrativo que ordena instruir el proceso disciplinario, fechado el 24 de junio de 2011, de manera que, conforme a lo previsto en el artículo 157, letra b), de la ley N° 18.834, debe emitirse la resolución que dispone la absolución del afectado. En consecuencia, con el mérito de lo expuesto, se representa el instrumento señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República