Dictamen CGR

Dictamen N° 52464/2011

2011-08-19 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución 241/2010, del Serviu Metropolitano que aprueba la liquidación del contrato denominado "Mejoramiento Eje Larraín, entre Avenida Tobalaba y Bifurcación Nueva Larraín/Valenzuela Llanos"
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Dictamen N° 59294/2012
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N° 52.464 Fecha:19-VIII-2011 La Contraloría General ha debido abstenerse nuevamente de tomar razón de la resolución N° 241, de 2010 del Serviu Metropolitano, que aprueba la liquidación del contrato denominado "Mejoramiento Eje Larraín, entre Avenida Tobalaba y Bifurcación Nueva Larraín/ Valenzuela Llanos", comuna de La Reina, debido a que se mantiene la observación formulada en el oficio N° 10.620, de 2011, de este Organismo de Control, que representó, en lo que interesa, que el porcentaje de 10% considerado por ese Servicio para el cálculo de la multa relativa a deficiencias en el espesor de la carpeta asfáltica de la ciclovía, no se encontraba contemplado en la tabla 7.2 del numeral 7 de las especificaciones técnicas. Al respecto, corresponde indicar que no resulta atendible lo señalado por el servicio en su oficio N° 3.187, del año en curso, en orden a que dado que la ciclovía presenta solicitaciones de tránsito distintas a la de una calzada, se adoptó aplicar para el cálculo de la referida multa, la tabla 5.11.6 (A) del Código de Normas y Especificaciones Técnicas de Obras de Pavimentación, versión 1994, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que contempla un porcentaje de multa de 10% del área defectuosa, por cuanto el mencionado Código tampoco contiene regulación especial de multas tratándose de ciclovías, por lo que deben considerarse aquéllas que se establecieron en las especificaciones técnicas que rigieron la licitación. Por su parte, no consta la aplicación de la multa respecto de la evaluación del control del IRI (Índice de Regularidad Internacional), cuya procedencia y cálculo se indica en el informe técnico N° 2, que en esta oportunidad se acompaña. Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

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