Dictamen CGR

Dictamen N° 52468/2011

2011-08-19 · Obras públicas y concesiones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la res 2654/2011 de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declaró término de concesión de acuicultura por renuncia voluntaria dado que es improcedente, en la especie, el descargo de la patente única de acuicultura que ya se había devengado, al momento en que se materializó la renuncia en una escritura pública
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N° 52.468 Fecha:19-VIII-2011 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 2.654, 2011, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que modifica la resolución N° 1.977, de 2010, de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, que declaró el término de la concesión de acuicultura que indica por renuncia voluntaria de su titular, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, cabe señalar que no resulta procedente declarar, para este caso en particular, el descargo de la patente única de acuicultura correspondiente al año 2010, como se consigna en el N° 1 del texto en análisis, toda vez que la renuncia a la concesión de acuicultura se efectuó por escritura pública de fecha 12 de enero de 2010, esto es, una vez que la obligación aludida para dicho año ya se encontraba devengada, y actualmente vencida, por lo que el renunciado titular está obligado al pago de la misma (aplica criterio del dictamen N° 72.894, de 2009). En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo señalado. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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