Dictamen N° 52622/2016
N° 52.622 Fecha: 15-VII-2016 Esta Contraloría General ha dado curso a la resolución del epígrafe, mediante la cual se aprueban las bases de licitación pública para el suministro de reactivos con comodato de equipos de hormonas, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, esta Entidad de Control entiende que en el caso de que el adjudicatario no acepte la orden de compra en conformidad con lo dispuesto en el N° 12, letra b), del pliego de condiciones administrativas, ese centro asistencial iniciará un nuevo procedimiento de contratación, en atención a que dicha orden debe ser emitida solo después de suscrito el contrato respectivo y que la facultad de readjudicar procede hasta antes de la firma del respectivo acuerdo de voluntades (aplica criterio contenido en los dictámenes N°s. 74.093, de 2013, y 48.163, de 2016). Además, que la restitución de la garantía de seriedad de la oferta regulada en el N° 13.1 de las bases deberá ajustarse a lo previsto en el artículo 43 del decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, y, por ende, devolverse a los oferentes no adjudicados dentro del plazo de 10 días y no a partir del décimo día corrido, como se indica en ese numeral (aplica dictamen N° 47.124, de 2015) Por otra parte, se hace presente que la facultad de esa institución de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, contemplada en el N° 21 del referido pliego, procederá únicamente en aquellos casos en que la causal de término anticipado sea imputable al proveedor. Finalmente, en lo meramente formal, la remisión que se efectúa en el N° 10.1, letra C, debe entenderse efectuada al formulario N° 5 y no al que allí se menciona. Con los alcances que anteceden, se ha tomado razón del acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Priscila Jara Fuentes Contralor General de la República Subrogante