Dictamen CGR

Dictamen N° 5287/2019

2019-02-21 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Reconsiderado en parte
Sumario. Representa la resolución N° 5, de 2018, del Servicio de Impuestos Internos
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N° 5.287 Fecha: 21-II-2019 Esta Entidad de Control ha debido representar el documento individualizado en el rubro, mediante el cual se aplica la medida disciplinaria de destitución al señor Guillermo Plata Cisternas funcionario del Servicio de Impuestos Internos, por no ajustarse a derecho. Como cuestión previa, corresponde recordar que, durante el desarrollo del proceso, al inculpado se le formularon cargos, contenidos a fojas 368 del expediente, en los cuales se le reprocha, en síntesis, haber ocupado tiempo de la jornada de trabajo para fines ajenos a los institucionales, consultando páginas de internet con el fin de atender dichos asuntos. En este sentido, del examen de los documentos adjuntos, se advierte que el fiscal del proceso, al momento de formular los cargos al inculpado, no expuso las razones que determinarían que su conducta sería constitutiva de una falta cuya gravedad justificaría la aplicación de una sanción que signifique la desvinculación del servicio, esto es, que configuren una grave infracción al principio de probidad administrativa por cuanto solo indicó que la actuación del señor Plata Cisternas implicó una vulneración a los artículos 52 y 62, N° 4 de la ley N° 18.575; y a los artículos 61, letra b), f), g) y 84, letra g), de la ley N° 18.834. En este sentido, corresponde añadir que únicamente en la vista fiscal se calificó la conducta del imputado como una infracción grave al principio de probidad administrativa, es decir, con posterioridad a la oportunidad procesal que tuvo el inculpado para efectuar sus descargos, según lo previsto en el artículo 138 de la ley N° 18.834, perjudicando de ese modo, su derecho a defensa, acorde con lo indicado, entre otros, en los dictámenes Nos. 60.442, de 2010 y 59.525, de 2016, de esta procedencia. De esta manera, se representa la resolución en examen, con la finalidad de que se subsane la anotada observación Saluda atentamente a Ud. Jorge Bermúdez Soto Contralor General de la República

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