Dictamen N° 53063/2016
N° 53.063 Fecha: 18-VII-2016 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de tomar razón del decreto del epígrafe, a través del cual se aprueba el plano PP-15-02, que determina las Zonas de Protección del Aeródromo “El Tuqui” y sus Radioayudas, ubicado en la comuna de Ovalle, provincia del Limarí, región de Coquimbo, por cuanto en relación con la zona de franja de pista, la planta del citado plano no da cuenta de la distancia de 60 metros que se proyecta hacia el exterior del extremo frontal nororiente de la pista. A su turno, en el literal E, del numeral 2, del decreto en análisis, se establece que el área “f”, corresponde a una franja a los costados de la pista que se prolonga por los bordes exteriores de la superficie de aproximación, en circunstancias que en el singularizado plano, dicha franja se estrecha hacia los extremos. Asimismo, en la planta se grafican líneas al interior de esa área que no se han regulado en el acto de que se trata. A continuación, cabe anotar que en el perfil transversal tipo, el área “e” aparece subdividida en tres segmentos, dos de 400 metros y uno de 300 metros, sin que se advierta su pertinencia dado que no se encuentran dibujados en el plano ni mencionados en el documento en examen. Finalmente, cumple con hacer presente que no se aprecia la razón de haber omitido la firma del Ministro de Defensa Nacional en el indicado plano. En mérito de lo expuesto, se representa el acto administrativo del rubro. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante