Dictamen CGR

Dictamen N° 53917/2011

2011-08-26 · Organización administrativa del Estado y competencia de la CGR · general · Vigente
Sumario. Se abstiene de emitir pronunciamiento solicitado por municipalidad, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por Contraloría, en el sentido de que toda consulta que formule un organismo público, debe acompañarse por un informe jurídico fundado de la correspondiente Fiscalía o Asesoría Jurídica, requisito que no se cumple
Aplicado por
Dictamen N° 733/2012
Aplica dictámenes
Dictamen N° 78026/2011
Aplica dictámenes
Dictamen N° 76031/2011
Aplica dictámenes 24841/74, 17290/97

N° 53.917 Fecha: 26-VIII-2011 Mediante su presentación la Municipalidad de El Monte solicita un pronunciamiento sobre la aplicación del beneficio establecido en el artículo 25 de la ley N° 19.296 -que establece normas sobre Asociaciones de Funcionarios de la Administración del Estado-, en lo que dice relación con el sistema de evaluación de los profesionales de la educación. Al respecto, cabe recordar que de acuerdo con las instrucciones impartidas por esta Contraloría General en el oficio circular N° 24.841, de 1974, toda consulta que se le formule por un organismo público con fundamento en el artículo 6°, entre otros, de la ley N° 10.336, debe venir acompañada de un informe jurídico fundado de la correspondiente Fiscalía o Asesoría Jurídica, requisito que no se cumple en la especie. En consecuencia, esta Entidad Fiscalizadora remite a esa autoridad edilicia la referida consulta para que se sirva proceder conforme a las instrucciones antedichas. Por orden del Contralor General de la República Julio Pallavicini Magnere Jefe de la División Jurídica