Dictamen N° 54058/2014
N° 54.058 Fecha : 15-VII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Karen Bruzzone Ortiz, abogada, en representación de don Eduardo Washington Osorio Vera, exfuncionario de Carabineros de Chile, solicitando se reconsidere el dictamen N° 8.026, de 2014, de este origen. Como cuestión previa, conviene manifestar que en ese pronunciamiento se expresó que considerando la fecha en la cual el interesado tuvo noticia de la resolución de la Comisión Médica Central de esa entidad, que declaró su imposibilidad física -8 de octubre de 2009-, actualmente se encuentra vencido el plazo fatal de dos años que tenía para requerir, cualesquiera que sean los motivos invocados, la revisión de su estado de salud, con el objeto de que se le conceda una invalidez de segunda clase. En este sentido, en lo que se refiere a que dicho término no habría transcurrido, ya que en el momento en que su representado suscribió la notificación personal del referido instrumento, aquel padecería una dolencia que afectaría su capacidad mental, lo que, a su juicio, viciaría tal actuación, es menester precisar, en armonía con el criterio contenido en el dictamen N° 6.766, de 2001, de este origen, que los actos del señor Osorio Vera son válidos, mientras no exista una resolución que lo declare interdicto, conforme a lo establecido en los artículos 456 y siguientes del Código Civil, lo que no consta que ocurriera en la especie. Por consiguiente, dado que la peticionaria no aporta antecedentes diversos a los ya analizados, procede confirmar el dictamen N° 8.026, de 2014, de esta Entidad Fiscalizadora. Transcríbase a Carabineros de Chile y a la Contraloría Regional de La Araucanía. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República