Dictamen N° 54998/2010
N° 54.998 Fecha: 15-IX-2010 La Contraloría General ha dado curso a la resolución N° 470, de 2010, de la Dirección de Vialidad, que aprueba antecedentes y convenio celebrado por trato directo para la ejecución de la “Obra de Emergencia N° 09/2009 Camino Paillaco-Renahue III Etapa, Tramo Km. 0,000 al Km. 7,000 (Tramos Alternados) Comuna de Pucón, Provincia de Cautín, Región de La Araucanía”, en el entendido que se trata de una regularización de las labores sobre las que versa dicho acuerdo, ejecutadas a partir del mes de septiembre de 2009, según consta de los antecedentes que se acompañan, no obstante, en lo sucesivo, ese Servicio deberá emitir los actos administrativos que aprueben contratos como el de la especie, en su debida oportunidad, y salvo las excepciones legales, remitirlos, en su caso, al trámite de toma de razón antes de su entrada en vigencia. Por otra parte, esa Dirección deberá abstenerse de pactar, en los convenios que celebre, que las divergencias en la interpretación de sus cláusulas serán resueltas por el Director de Vialidad sin ulterior recurso, por cuanto tal estipulación no se condice con el principio de impugnabilidad de los actos administrativos regulado en los artículos 10 de la ley N° 18.575, y 15 de la ley N° 19.880 (aplica dictamen N° 16.943, de 2008). Por orden del Contralor General de la República Juan Carlos Lillo Valenzuela Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación