Dictamen CGR

Dictamen N° 550240/2024

2024-10-09 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 43, de 2023, de la Dirección General de Obras Públicas

N° E550240 Fecha: 09-X-2024 Esta Contraloría General nuevamente no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba el pago de la suma que señala por concepto de indemnización de mayores gastos generales del artículo 146 del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, en relación con el contrato “Mejoramiento Accesibilidad y Conectividad en la ciudad de Iquique, tramo: Alto Hospicio-Alto Molle, Dm. 641,27 – Dm. 5,543,66, provincia Iquique, Región de Tarapacá”, previamente representado por medio de los oficios Nos E438056 y E462352, ambos de 2024. Lo anterior, por cuanto lo manifestado en la minuta de agosto de 2024, suscrita por el Jefe del Departamento de Obras Viales Urbanas de la Subdirección de Obras, de la Dirección de Vialidad, y sus antecedentes adjuntos, no permiten dar por acreditado el impacto que provocaron en el programa de trabajo los retrasos en que habría incurrido la Administración, lo que según se explicitó en el dictamen N° E190877, de 2022, de este origen, resulta relevante determinar, a los efectos de justificar el pago de la indemnización de que se trata por el número de días que señala. Además, no se advierte la razón por la cual, en esta oportunidad, se adjunta la “minuta solicitud plazo convenido modificación OEIO N° 2” de 2 de octubre de 2017, suscrita por el inspector fiscal, que justifica el incremento de plazo pactado en el convenio N° 2, por lo que se requiere una explicación acerca de la incidencia de esta modificación en el pago de la indemnización de que se trata. Se reitera, por tanto, que se precisen las partidas afectadas por los retrasos atribuibles a la Administración, y que dicha afectación se vea reflejada en la programación y su impacto en la ruta crítica a los efectos de definir correctamente el número de días a indemnizar. Finalmente, tampoco en esta ocasión fueron remitidos el “Informe de IF GG de 10 de Mayo de 2022” y el “Ord. N° 11 de 08 de Junio de 2023, de Inspector Fiscal”, citados en el oficio ORD. N° 15, de 2022, del inspector fiscal. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República (S). JUAN CARLOS LILLO VALENZUELA Subjefe de División

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