Dictamen N° 55288/2015
N° 55.288 Fecha: 10-VII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Alexandra Culaciati Mohr, exfuncionaria del Servicio de Salud Metropolitano Oriente, con desempeño en el Hospital del Salvador, reclamando en contra de la decisión de la autoridad en orden a no renovar su contrata para el año 2015. Requerido su informe, el citado centro hospitalario señaló, en lo pertinente, que la determinación que se objeta no fue arbitraria, tomando en consideración para ella el desempeño de la interesada, ajustándose en cuanto al procedimiento adoptado a las instrucciones impartidas mediante la circular N° 35, de 2014, del Ministerio de Hacienda. Sobre el particular, es dable anotar que, de acuerdo a los registros de este Órgano Contralor, la última designación de la recurrente se prolongó hasta el 31 de marzo del año en curso, sin que conste su prórroga. Al respecto, cabe expresar que según lo prevé el artículo 153 de la ley N° 18.834, y acorde a lo resuelto en el dictamen N° 47.275, de 2015, de este origen, el cumplimiento del plazo establecido en la contrata de un funcionario, como sucedió en la especie, produce su inmediato cese, sin que la autoridad deba comunicar su decisión de no extenderla, como tampoco está obligada a exponer las razones consideradas para ello, ni a practicar algún tipo de notificación al efecto. Luego, en relación con el incumplimiento de las indicaciones contenidas en la circular N° 35, de 2014, del Ministerio de Hacienda -que entrega orientaciones generales sobre el proceso de renovación del personal a contrata-, es menester manifestar que el dictamen N° 47.320, de 2015, de esta Institución Fiscalizadora, precisó que las directrices que puedan impartirse para tales fines no son vinculantes para el jefe de servicio, pues este último es quien decide acerca de la incorporación y término de las labores de los empleados que se requieran, de acuerdo a las necesidades de la institución. De este modo, cabe concluir que el cese de la señora Culaciati Mohr se ha ajustado a derecho, razón por la cual se rechaza su reclamación. Transcríbase al Hospital del Salvador. Saluda atentamente a Ud. Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante