Dictamen CGR

Dictamen N° 561594/2024

2024-11-07 · Toma de razón y control de legalidad · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa la resolución N° 113, de 2024, de la Dirección General de Concesiones de Obras Públicas

N° E561594 Fecha: 07-XI-2024 Esta Contraloría General no ha dado curso al instrumento del rubro, que aprueba una modificación del contrato de “Asesoría a la Inspección Fiscal para la etapa de construcción de la obra: Tercera Concesión Acceso Vial Aeropuerto Arturo Merino Benítez, Sub Tramos B2, B3 y B4”. Lo anterior, por cuanto no se advierte un cambio de circunstancias que justifique la incorporación de los recursos de que trata la modificación, considerando lo dispuesto en el numeral 18.4 del “Anexo complementario términos de referencia”, aprobado por resolución exenta N° 615, de 2023, de esa Dirección. Por otra parte, cumple con hacer presente que el documento en examen ha sido dictado con evidente retraso, toda vez que data del 11 de octubre de 2024, en circunstancias que el convenio que aprueba es de fecha 1 de febrero de 2024. Atendido lo expuesto, en lo sucesivo, ese servicio deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de que los actos administrativos sean emitidos oportunamente, tal como se ha sostenido reiteradamente por este Organismo de Control, entre otros, en los dictámenes Nos E242457 y E264341, ambos de 2022, E389452, E406640 y E425677, de 2023, y E485313, E508899 y E519783, de 2024, todos de este origen y dirigidos a esa entidad. Adicionalmente, y como también se ha expresado en forma reiterada -entre otros, en los ya citados dictámenes Nos E425677, de 2023 y E519783, de 2024-, el acto administrativo que aprueba la reprogramación de recursos estipulada ha debido dictarse oportunamente, de modo tal que el control previo de juridicidad que se lleve a cabo pueda efectuarse en forma eficaz y no se refiera a situaciones jurídicas consolidadas, lo que ocurre en la especie, atendida la época en la que incide la modificación. Finalmente, es menester indicar que el presupuesto final -sin el Impuesto al Valor Agregado, IVA-, es $1.758.798.580 y no el que se consigna en el numeral 6 del convenio. En mérito de lo precedentemente expuesto, se representa el acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud. Por orden de la Contralora General de la República Fecha: 07/11/2024 OSVALDO VARGAS ZINCKE Jefe de División

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