Dictamen N° 56921/2015
N° 56.921 Fecha: 17-VII-2015 El señor Christian Ulloa González, exfuncionario de la Policía de Investigaciones de Chile, ha solicitado que este Organismo de Control disponga que se suspenda la tramitación de un sumario administrativo que se incoaría en aquella entidad, y continúe su sustanciación de manera directa, en atención a las supuestas irregularidades ocurridas en la realización de ese proceso. Al respecto, es preciso indicar, de acuerdo con lo establecido en los artículos 131 y 133 de la ley N° 10.336, que el Contralor General puede decretar, cuando lo estime necesario, la instrucción de sumarios en los servicios sujetos a su fiscalización. De esta manera, y como se concluyera en los dictámenes N os 38.502, de 2012 y 10.565, de 2015, de este origen, la facultad cuya ejecución se requiere se ejerce conforme a planes y programas previamente elaborados, que abarcan las materias más relevantes en un estricto orden de prioridades, sin que los elementos aportados ameriten adoptar tal decisión, de modo que no es factible acceder a la petición del señor Ulloa González. Lo anterior, es sin perjuicio de hacer presente que, en los antecedentes existentes en esta Contraloría General, aparece que la Jefatura Nacional de Delitos Contra la Familia, con fecha 16 de noviembre de 2011 -época en la cual el recurrente había dejado de pertenecer a la mencionada entidad policial-, dispuso la instrucción del proceso disciplinario a que se alude, con la finalidad de establecer la eventual responsabilidad administrativa que pudiere asistirle al personal de esa unidad en la tramitación de determinada documentación, el que no se encontraría afinado, por lo que esta Entidad Fiscalizadora tendrá oportunidad de referirse al mismo al realizar el examen previo de legalidad del respectivo acto terminal, de ser ello pertinente, de acuerdo con lo señalado en la resolución N° 1.600, de 2008, de esta procedencia. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante