Dictamen N° 57866/2011
N° 57.866 Fecha: 12-IX-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Katerine Moyano Aguirre, abogado, en representación del señor Carlos Patricio Ávila Reyes, ex funcionario del Ejército, para solicitar el cambio de la causal de retiro de su mandante, pues la dolencia que aquél padece se trataría de una afección adquirida durante el desempeño de sus labores. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que su Comisión de Sanidad, mediante la resolución N° 170, de 2010, señaló que el interesado, al momento de su retiro, no presentaba una enfermedad invalidante. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 234 del D.F.L. N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, dispone que el examen físico y psíquico de los funcionarios, la determinación de su capacidad para continuar en el servicio o la clase de inutilidad que pudiera corresponderles será efectuado, exclusivamente, por la Comisión de Sanidad de cada institución. Al respecto, se debe indicar que la facultad de determinar una eventual invalidez, se encuentra radicada en la referida Comisión de Sanidad, no correspondiéndole a esta Contraloría General revisar los antecedentes clínicos o elementos de juicio que sustenten los informes emitidos por aquéllas, atendido su carácter eminentemente especializado y técnico, tal como se informó en los dictámenes N os 67.707, de 2009 y 47.670, de 2011, entre otros, de este Organismo Fiscalizador. Pues bien, de los antecedentes tenidos a la vista, aparece que el aludido organismo médico, a través de la citada resolución N° 170, de 2010, informó que el afectado a la data de su desvinculación del Ejército -esto es, 31 de marzo de 2003-, no padecía de una enfermedad invalidante, motivo por el cual, al señor Ávila Reyes, no le asiste el derecho a modificar su causal de retiro por una inutilidad de segunda clase. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante