Dictamen N° 59392/2014
N° 59.392 Fecha : 05-VIII-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Daniel Ulloa Obando, funcionario del Hospital Base de Valdivia, dependiente del Servicio de Salud Valdivia, reclamando en contra de su empleador, por cuanto habría considerado que su diploma de Programador de Computadores, conferido por el Centro de Formación Técnica Centro Interamericano de Educación y Cultura CIDEC, no le permite optar a un cargo técnico, grado 12, en esa institución. Requeridos sus informes, el mencionado hospital manifestó que no tiene certeza si el diploma del peticionario es útil para los fines que pretende, mientras que la Subsecretaría de Educación indicó que el citado título fue concedido como técnico de nivel superior. Sobre el particular, cabe recordar que según lo dispuesto en el artículo 2°, N° 3, del decreto con fuerza de ley N° 26, de 2008, del Ministerio de Salud, para ingresar al puesto en comento es necesario acreditar, entre otros requisitos, la posesión de un título técnico de nivel superior otorgado por un Establecimiento de Educación Superior del Estado o reconocido por éste. Ahora bien, dado que de los antecedentes aportados, aparece que el diploma en análisis fue conferido en el carácter señalado en el párrafo precedente, procede concluir que éste habilita para postular a la plaza de que se trata. Sin perjuicio de lo expuesto, se ha estimado pertinente hacer presente que compete a la superioridad de ese centro asistencial determinar, de acuerdo a sus atribuciones, la necesidad de efectuar las contrataciones que requiera, motivo por el cual no se encuentra obligada a designar al interesado en una calidad diversa a la que actualmente posee, tal como se ha informado en los dictámenes N os 28.015, de 2011 y 79.441, de 2012, de este origen. Transcríbase al Hospital Base de Valdivia, a la Subsecretaría de Educación y a la Contraloría Regional de Los Ríos. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República