Dictamen CGR

Dictamen N° 595/2012

2012-01-04 · Responsabilidad administrativa, sumarios y potestad disciplinaria · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Representa resolución 490/2011, de la Subsecretaría de Educación, que sanciona a funcionario que señala al término del sumario administrativo instruido por la Contraloría Regional de Atacama
Aplicado por
Dictamen N° 71261/2014
Aplica dictámenes
Dictamen N° 74806/2012
Aplica dictámenes

N° 595 Fecha:4-I-2012 Esta Contraloría General ha debido abstenerse de dar curso a la resolución N° 490, de 2011, de la Subsecretaría de Educación, que aplica la medida disciplinaria de censura al funcionario que indica, al término del sumario administrativo ordenado por la resolución exenta N° 205, de 2010, de la Contraloría Regional de Atacama, con el objeto de establecer las responsabilidades administrativas que resultaren de los hechos relacionados con el "Programa de textos escolares de educación básica y media", en el período comprendido entre los años 2008 y 2009, que da cuenta el Informe Final N° 143, de 2009, emitido por la División de Auditoría Administrativa de la Contraloría General de la República, por cuanto no se ajusta a derecho. Al respecto, cabe señalar que por medio de la resolución exenta N° 235, de 2011, de la mencionada Contraloría Regional, se propuso aplicar a dicho funcionario la aludida sanción, la que fue aprobada por esa Subsecretaría de Educación mediante la resolución en trámite, sin que conste que previamente haya mediado una resolución de esa autoridad -que debe dictarse en el carácter de exenta, según el criterio contenido en los dictámenes N°S 21.857, de 2005, 7.318, de 2007 y 12.354, de 2011, de este Organismo Contralor, entre otros-, que aplique la medida disciplinaria al servidor antes individualizado, en contra de la cual el afectado pueda interponer' los recursos contemplados en el artículo 141 de la ley N° 18.834, según lo expresado por la jurisprudencia administrativa contenida en el dictamen N° 69.553, de 2010, entre otros, de este Organismo Contralor, en el sentido que tales recursos pueden entablarse en los sumarios incoados por esta Contraloría General, aunque no estén contemplados en las normas del título VIII de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de esta Entidad Fiscalizadora. En mérito de lo expuesto, se representa la resolución de la suma, con el objeto que esa superioridad proceda a emitir la referida resolución interna y disponer su notificación al sancionado, conforme al procedimiento establecido en el inciso primero del artículo 131, de la citada ley N° 18.834. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

Dictámenes relacionados
Dictamen N° 21857/2005
Aplica dictámenes
Dictamen N° 7318/2007
Aplica dictámenes
Dictamen N° 12354/2011
Aplica dictámenes
Dictamen N° 69553/2010
Aplica dictámenes