Dictamen CGR

Dictamen N° 60374/2013

2013-09-23 · Función pública, carrera funcionaria y remuneraciones · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. El derecho al cobro de las remuneraciones de los servidores sujetos al Código del Trabajo, prescribe en el plazo de dos años

N° 60.374 Fecha: 23-IX-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Julio Cordero Vásquez, exservidor de la Empresa Nacional de Aeronáutica de Chile, solicitando el entero de las remuneraciones del período comprendido entre el 22 de abril y el 5 de julio de 2010, durante el cual gozó de una licencia médica no tramitada por su empleador, las que según aquélla, no le corresponderían. Sobre el particular, cabe señalar que, según lo establecido en el artículo 510 del Código del Trabajo -aplicable en la especie de acuerdo a lo prescrito en el artículo 12 de la ley N° 18.297-, los derechos establecidos en ese ordenamiento, entre ellos, el pago de rentas, prescriben en el plazo de dos años, término que se interrumpe por vía administrativa en el momento que se solicita el reconocimiento del respectivo emolumento, ya sea al servicio respectivo o ante esta Contraloría General, según se indicó en el dictamen N° 78.425, de 2012, de este origen. Ahora bien, considerando que a la data de la presentación en análisis -esto es, el 28 de diciembre de 2012-, había transcurrido en exceso el aludido lapso, se advierte que el derecho que reclama el peticionario se encuentra actualmente prescrito. Finalmente, es preciso señalar que lo anterior no se ve alterado por el hecho que el interesado haya señalado, en un acta de comparendo suscrita ante la Dirección del Trabajo, que se reservaba la facultad de solicitar el pago de los estipendios de que se trata ante los Tribunales de Justicia, toda vez que ese acto no constituye un reclamo sino una mera declaración de conservación de dicho derecho y por ende, no es apto para interrumpir el mencionado plazo de prescripción, tal como se señaló, entre otros, en el dictamen N° 20.183, de 2013, de esta Entidad de Control. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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