Dictamen N° 61565/2010
N° 61.565 Fecha: 15-X-2010 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Claude Gutiérrez Guillén, en representación de la Inmobiliaria Club de Golf Quintay S.A., solicitando la reconsideración del dictamen N° 2.662, de 2010, confirmado por el dictamen N° 17.178, del mismo año, en el sentido que se declare que dicha sociedad se encuentra exenta del pago de patente municipal, atendido a que sólo desarrollaría actividades deportivas sin fines de lucro. Para dicho efecto, el peticionario acompaña, en esta oportunidad, los documentos que respaldarían esta solicitud. Al respecto, es del caso señalar que mediante el citado dictamen N° 2.662, de 2010, esta Entidad Fiscalizadora conoció de los hechos indicados por el recurrente, señalando, en lo pertinente, que la sociedad en comento no reunía los requisitos necesarios para acogerse a la exención de pago de patente municipal que establece a favor de las “personas jurídicas sin fines de lucro” el artículo 27 del decreto ley N° 3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales, toda vez que esa sociedad, en conformidad con los artículos 2.053, 2.061 y 2.064 del Código Civil y a la ley N° 18.046, sobre Sociedades Anónimas, por su propia naturaleza, tiene ánimo de lucro (aplica criterio contenido en el dictamen N° 12.884, de 2007). Sin perjuicio de lo anterior, se señaló que en cuanto a la concurrencia efectiva de los requisitos que hacen procedente el cobro de patente municipal -es decir que la actividad se encuentre gravada con ese tributo; que ésta sea efectivamente ejercida por el contribuyente; y que se realice en un local, oficina, establecimiento, kiosco o lugar determinado-, su comprobación constituye una cuestión de hecho que compete verificar al municipio respectivo, ponderando los antecedentes aportados por el particular afectado y los que reúna mediante sus procedimientos de inspección. Luego, atendido lo señalado anteriormente y considerando que la situación de la especie, como puede apreciarse, ha sido estudiada por este Órgano de Control, no cabe sino confirmar dichos pronunciamientos. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República