Dictamen N° 62029/2009
N° 62.029 Fecha : 09-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Juan Castillo Mella, en representación, según indica, de Tecnocon Ltda., solicitando la condonación de la multa que le impuso la Municipalidad de Providencia, por presentar con retraso su declaración de capital propio correspondiente al año 2007 -para el pago de una patente comercial-, y respecto de la cual se pronunciara este Organismo de Control mediante el dictamen N° 60.462, de 2008. Sobre el particular, cabe señalar que esta Entidad Fiscalizadora, a través del dictamen N° 50.037, de 2009, entre otros, ha precisado que el artículo 67 de la ley N° 10.336, sobre Organización y Atribuciones de la Contraloría General, sólo otorga facultades al Contralor General para resolver las solicitudes de condonación, cuando se han percibido indebidamente beneficios pecuniarios de orden remuneratorio en el ejercicio de una función pública, situación que no concurre en la especie. Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, es del caso hacer presente que la jurisprudencia de este Organismo de Control ha determinado en el dictamen N° 52.568, de 2008, entre otros, que aun cuando las municipalidades tampoco tienen facultades para condonar la deuda de que se trata, sí pueden otorgar facilidades hasta de un año en cuotas periódicas, para el pago de impuestos, contribuciones y derechos que adeuden los contribuyentes que manifiesten su imposibilidad de pagarlos al contado. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, no cabe sino desestimar la solicitud de la especie. Por orden del Contralor General de la República Sonia Doren Lois Subcontralor General