Dictamen N° 63605/2010
N° 63.605 Fecha: 26-X-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Norma de las Nieves Muñoz Núñez, funcionaria del Ministerio de Educación, para solicitar se aclare el oficio N° 16.181, de 2010, de este origen, que representó la resolución N° 47, de 2010, de esa Secretaría de Estado, mediante la cual se designaba a contrata, entre otras personas, a la recurrente, como Profesional grado 9 de la E.U.S., en atención a que no se acreditaba el cumplimiento del requisito de experiencia profesional no inferior a tres años previsto en el artículo 2°, letra B), del D.F.L. N° 4, de 2006, de esa Cartera Ministerial, para el desempeño del cargo de que se trata. Como cuestión previa, cabe indicar que por el dictamen N° 9.569, de 2008, de esta Entidad de Control, se estableció que el diploma de Ingeniero de Ejecución en Telemática -cuya carrera tiene una duración de 8 semestres-, otorgado por el Instituto Profesional CIISA, que posee la peticionaria, reviste el carácter de título profesional. Enseguida, es del caso anotar que el artículo 2°, letra B), del aludido D.F.L. N° 4, de 2006, del Ministerio de Educación, que fijó las plantas de su personal, establece, en términos generales, como requisitos alternativos para ocupar los cargos del estamento profesional en el grado 9, título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y acreditar una experiencia profesional no inferior a tres años. Ahora bien, de los antecedentes tenidos a la vista aparece que la interesada obtuvo su diploma el 23 de octubre de 2009 y a la data de su designación -2010-, no acreditó la experiencia profesional de tres años exigida al efecto, la que debe contarse desde la fecha de obtención del título respectivo, tal como lo ha señalado la jurisprudencia de esta Contraloría General contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 47.976, de 2006 y 55.677, de 2009, por lo que no es posible que la señora Muñoz Núñez se incorpore a la planta profesional del aludido Servicio en el grado de que se trata. Ratifícase el oficio N° 16.181, de 2010, de esta Entidad de Control. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República