Dictamen CGR

Dictamen N° 64027/2009

2009-11-17 · Contratación de personal (contrata, honorarios, planta) · general · Vigente
Sumario. Sobre pago de horas extraordinarias a personal contratado por resolución en Carabineros de Chile
Aplicado por
Dictamen N° 1115/2013
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N° 64.027 Fecha: 17-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General don José Miguel Cisternas Valencia, ex funcionario contratado por resolución en Carabineros de Chile, para solicitar se ordene a la mencionada institución policial, que le pague las horas extraordinarias trabajadas. Requerido su informe, el mencionado organismo ha señalado, en síntesis, que el recurrente no tiene derecho al pago por horas extraordinarias, por no estar contemplada dicha retribución en la normativa que regula su vínculo laboral. Sobre el particular, cumple con informar que esta Entidad de Control, a través de sus dictámenes N°s 13.838, de 2004 y 53.861, de 2009, determinó que los funcionarios de que se trata, no tienen derecho al pago de horas extraordinarias, toda vez que la Directiva del Personal Contratado por Resolución, contenida en la orden general N° 1.777, de 2007, de la Dirección General de Carabineros, no contempla el otorgamiento de este beneficio económico. En consecuencia, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el recurrente no tiene derecho a percibir el pago por concepto de horas extraordinarias que reclama. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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