Dictamen CGR

Dictamen N° 64584/2009

2009-11-19 · Educación pública (SLEP, estatuto docente y subvenciones) · general · Vigente
Sumario. Homologación entre títulos de Ingeniero en Construcción y Constructor Civil, debe ser establecida por las instituciones educacionales que impartan ambas carreras
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Dictamen N° 78207/2011
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Dictamen N° 5692/2010
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N° 64.584 Fecha: 19-XI-2009 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Cristian Omar Poblete Barraza, funcionario de la Dirección de Vialidad, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, para solicitar un pronunciamiento que determine si su título profesional de Ingeniero en Construcción, otorgado por la Universidad del Mar, es homologable al de Constructor Civil, con la finalidad de optar a cargos de profesional en el mencionado Servicio, que requieren acreditar la posesión de este último diploma. Sobre el particular, cabe señalar que el artículo 79 de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza -cuya vigencia no ha sido alterada por la ley N° 20.370-, reconoce que las universidades gozan, entre otras, de autonomía académica, que comprende la potestad para decidir la forma como cumplen sus funciones de docencia, investigación y extensión y la fijación de sus planes y programas de estudios, de lo cual este Organismo Fiscalizador ha colegido, entre otros, en los dictámenes N os 48.517, de 2008, y 5.156, de 2009, que la homologación entre títulos de Ingeniero en Construcción y Constructor Civil, debe ser establecida por las instituciones educacionales que impartan ambas carreras. En atención a lo expuesto, se desestima la petición del interesado. Devuélvanse los antecedentes acompañados por el solicitante. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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