Dictamen CGR

Dictamen N° 6477/2011

2011-02-02 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Vigente
Sumario. Sobre pronunciamiento de esta Contraloría General respecto de bases de licitación de Carabineros de Chile

N°6.477 Fecha: 2-II-2011 Se ha dirigido a esta Contraloría General don Sergio Menichetti A., en representación de la sociedad comercial El Matico Ltda., solicitando se disponga el cumplimiento del dictamen N° 29.661, de 2010, de esta Entidad de Control, por cuanto, según manifiesta, Carabineros de Chile no habría tomado las medidas pertinentes en orden a satisfacer lo resuelto en el aludido oficio. Al respecto, cabe consignar que el precitado dictamen N° 29.661 concluyó, en síntesis, que las multas por las cuales se consultaba, aplicadas por Carabineros de Chile a la empresa en el marco de un contrato de compra de heno, debían aplicarse por tramos, de conformidad con lo establecido en el numeral 33 de las respectivas Bases Administrativas. Por otra parte, Carabineros de Chile, solicita que se determine si en la situación planteada, debe aplicar el citado oficio N° 29.661 o el dictamen N° 61.701, de 2008, de esta Contraloría General, el cual, a su juicio, trataría la misma materia de aquél. Sobre el particular, cabe señalar, en primer lugar, que los dictámenes a los que alude Carabineros de Chile no constituyen dos pronunciamientos diversos ante una misma situación planteada a este Órgano de Control, sino que cada uno se refiere a dos solicitudes de diferente naturaleza. En efecto, en el mencionado dictamen N° 61.701, confirmado posteriormente por el oficio N° 26.263, de 2009, de esta Contraloría General, la solicitud que se plantea tiene relación con una situación que no está regulada en las respectivas bases de licitación, por lo que es necesario recurrir a normas de derecho común, cuestión que, tal como se señaló en los antedichos pronunciamientos, excede del ámbito de competencia de este Ente Fiscalizador. Por otra parte, la solicitud que se resuelve por medio del citado dictamen N° 29.661, se refiere al punto 33 de las bases respectivas, que regula específicamente la materia sobre la cual se consulta, sin perjuicio que para su completa inteligencia sea necesario precisar su sentido y alcance. Puntualizado lo anterior, corresponde indicar que, tal como lo precisara la jurisprudencia administrativa de esta Contraloría General en su oficio N° 35.906, de 2009, los dictámenes emitidos por este Ente Contralor son obligatorios para la Administración del Estado, razón por la cual dichos instrumentos pasan a integrar el ordenamiento jurídico a que deben sujetarse las entidades sometidas a su fiscalización. En mérito de lo expuesto, cumple con señalar que Carabineros de Chile debe dar cumplimiento al citado dictamen N° 29.661, de 2010, debiendo agregarse que la falta de acatamiento de dicho pronunciamiento, hará incurrir en eventual responsabilidad administrativa a los funcionarios a quienes competa adoptar las medidas tendientes a darle aplicación. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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