Dictamen N° 65791/2012
N° 65.791 Fecha: 23-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General, doña Lisette Sepúlveda Aceituno, exfuncionaria del Hospital del Salvador, que consulta por la vigencia de su contrata, señalando, además, que ese servicio, alegando que se encontraba desvinculada de dicha entidad, se negó a tramitarle una licencia médica. Como cuestión previa, cabe indicar que se solicitó informe al citado centro hospitalario el que, a la fecha, no ha sido emitido, razón por la cual, y atendido el tiempo transcurrido, se emite este pronunciamiento sin dicho antecedente. Enseguida, corresponde anotar que de acuerdo con los registros de este Órgano Contralor, la última designación de la requirente se extendió hasta el 31 de mayo de 2012. Puntualizado lo anterior, es útil recordar que según el artículo 153 de la ley N° 18.834, el cumplimiento del plazo por el cual fue designado a contrata el funcionario, produce la inmediata cesación de sus labores, de manera que, conforme a los antecedentes tenidos a la vista, es posible inferir que el término en cuestión tuvo lugar por expreso mandato de la ley. Por otra parte, en lo que atañe a la licencia médica emitida a favor de la peticionaria, corresponde manifestar que de acuerdo con el criterio contenido en los dictámenes N os 34.233 y 59.748, ambos de 2011, de este origen, aquella solo pudo hacer uso de tal orden de reposo médico hasta la fecha en que mantuvo la calidad de empleada del servicio en cuestión, por lo que se ajustó a derecho lo realizado por esa superioridad en cuanto a rechazar la licencia que alega la interesada. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República