Dictamen N° 65899/2015
N° 65.899 Fecha: 18-VIII-2015 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Germán Estévez de Vidts, solicitando la reconsideración del dictamen N° 9.631, de 2015, de este origen, el cual determinó, en síntesis, que el oficio N° 24.569, de 2014, de la Superintendencia de Pensiones, a través del cual ese organismo rechazó su petición de integrar cotizaciones en virtud de la ley N° 10.986, da cuenta en términos suficientes de las motivaciones de esa negativa. Plantea el recurrente en esta oportunidad, que si bien dicha materia está dentro de la órbita de atribuciones de la aludida superintendencia, este Órgano de Control igualmente debería pronunciarse respecto de la legalidad de tal decisión, la que, a su juicio, carece de sustento jurídico. Sobre el particular, cabe hacer presente que mediante el aludido pronunciamiento N° 9.631, de 2015, esta Entidad Fiscalizadora -además de describir los motivos por los cuales es incompetente para conocer del reclamo del interesado-, analizó, en atención al control amplio de legalidad que le encomienda el artículo 98 de la Constitución Política de la República, que la contestación que esa superintendencia brindó al peticionario por medio del citado oficio, contuviera la relación detallada de los aspectos de hecho y de derecho por los cuales desestimó su solicitud de integrar cotizaciones en virtud de la preceptiva de que se trata, no advirtiendo omisiones al respecto. Finalmente, es necesario manifestar, que no obstante lo anterior, a este Órgano de Control no le compete pronunciarse sobre la pertinencia jurídica de los fundamentos y el raciocinio efectuado por esa superintendencia, por encontrarse dentro del ámbito exclusivo de sus atribuciones, acorde con el criterio contenido en los dictámenes N°s 59.682, de 2014 y 39.719, de 2015, de esta procedencia, entre otros. Por ende, corresponde desestimar las alegaciones del recurrente y ratificar el dictamen N° 9.631, de 2015, de este origen. Transcríbase a la Contraloría Regional del Maule. Saluda atentamente a Ud. Patricia Arriagada Villouta Contralor General de la República Subrogante