Dictamen CGR

Dictamen N° 65993/2012

2012-10-23 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Se abstiene nuevamente de cursar resolución 276/2012, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que aprueba las bases administrativas y técnicas de la licitación pública para contratar el servicio de alimentación para el personal de entidad que indica, por cuanto no se ajusta a derecho
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Dictamen N° 31979/2018
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N° 65.993 Fecha : 23-X-2012 Esta Entidad de Control ha debido abstenerse nuevamente de dar curso a la resolución N° 276, de 2012, de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, que aprueba las bases administrativas y técnicas de la licitación pública para contratar el servicio de alimentación para el personal de esa entidad que indica, por cuanto no se ajusta a derecho. En efecto, tal como se ha precisado a través del dictamen N° 55.062, de 2012, de esta Entidad de Control, no existe sustento legal que permita conceder a sus funcionarios la entrega de colación directamente por esa entidad, por lo que es improcedente otorgar dicho beneficio, y tampoco corresponde su financiamiento parcial por el servicio empleador, lo que no impide, por cierto, que se pueda implementar un sistema voluntario que permita a los servidores adquirir alimentos por intermedio de casinos en convenio, y que su pago se haga a través del posterior descuento de remuneraciones, o de que el beneficio de colación pueda ser otorgado a través del respectivo servicio de bienestar, en conformidad con su normativa reguladora. En relación a lo indicado por esa Dirección de Previsión, en el sentido que cuenta con recursos presupuestarios para solventar ese gasto, complementarios a los descuentos que se efectúan a los funcionarios, cumple con expresar que el Clasificador Presupuestario, aprobado por el decreto N° 854, de 2004, del Ministerio de Hacienda, en el Subtítulo 22 "Bienes y Servicios de Consumo", Ítem 01 "Alimentos y Bebidas", referido a los gastos que por estos conceptos se realizan para la alimentación de los funcionarios, alumnos, reclusos y demás personas, señala que son procedentes en la medida que les asista el derecho a estos beneficios de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, lo que no ocurre en la especie. En mérito de lo anteriormente expuesto se representa el acto administrativo del rubro. Adjunta fotocopia del dictamen N° 55.062, de 2012, de esta Contraloría General. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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