Dictamen N° 68084/2010
N° 68.084 Fecha: 15-XI-2010 Se ha dirigido a esta Contraloría General el señor Franz Möller Morris, abogado, en representación del señor Tito Albornoz Atalla, ex funcionario de la Fuerza Aérea de Chile, para solicitar un pronunciamiento sobre la legalidad de la decisión adoptada por esa institución castrense, en orden a cesar en funciones a su mandante. Requerido su informe, el mencionado organismo ha manifestado, en síntesis, que mediante la resolución N° 775, de 4 de octubre de 2007, se dispuso el término anticipado de la contratación del interesado, por dejar de ser necesarios sus servicios. Sobre el particular, cabe anotar que el artículo 3° del D.F.L N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, define al personal a contrata como aquel que desempeña un empleo de carácter transitorio, cuyo nombramiento se efectúa para satisfacer necesidades institucionales. Por su parte, el artículo 254, letra c), del mismo cuerpo normativo, permite poner término anticipado a las contrataciones cuando los servicios dejan de ser necesarios. En ese sentido, debe expresarse que la desvinculación de un empleado a contrata, en razón de que sus servicios ya no son requeridos, constituye el resultado del ejercicio de una facultad legal de la autoridad de poner fin en forma anticipada a la relación laboral, de modo que dicha causa constituye en sí misma fundamento suficiente para terminar la designación de un servidor. Por consiguiente, en mérito de lo expuesto, cabe concluir que el cese anticipado de funciones del señor Tito Albornoz Atalla, se encuentra ajustado a derecho. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República