Dictamen CGR

Dictamen N° 68349/2012

2012-10-31 · Contratación pública, licitaciones y compras · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Cursa con alcance resolución 90/2012, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba el acta final de liquidación del contrato que indica, haciendo presente que, en lo sucesivo, las facturas extendidas por las empresas que ejecuten partidas con carácter de valores pro forma deben emitirse a nombre de dicho servicio y no a favor del contratista
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Dictamen N° 17781/2019
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N° 68.349 Fecha: 31-X-2012 La Contraloría General ha dado curso en esta oportunidad a la resolución N° 90, de 2012, de la Dirección de Obras Hidráulicas, que aprueba el acta final de liquidación del contrato “Construcción Canal Colector de Aguas Lluvias Hondonada Río Viejo, Km. 1,260 al Km. 3,033, Comunas de Cerro Navia y Pudahuel, Región Metropolitana” -que había sido representado mediante el oficio N° 50.132, de 2012, de este Organismo de Control-, teniendo presente lo manifestado por esa repartición en los antecedentes adjuntos a su oficio N° 4.649, del presente año. Sin perjuicio de lo anterior, cumple con hacer presente que, en lo sucesivo, las facturas extendidas por las empresas que ejecuten partidas en carácter de valores pro forma, deben emitirse a nombre de la Dirección de Obras Hidráulicas, que en la especie es la obligada al pago de las obras, y no a favor de la contratista, a la que sólo compete asumir la calidad de intermediaria tratándose de esos rubros (aplica dictámenes N °s 35.684, de 2008; 37.897, de 2009, y 78.860, de 2011). Por orden del Contralor General de la República Jefe Subdivisión Jurídica División de Infraestructura y Regulación

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