Dictamen N° 68486/2012
N° 68.486 Fecha: 31-X-2012 Se ha dirigido a esta Contraloría General la Oficina Nacional de Emergencia, para consultar si a los funcionarios a contrata de ese organismo, que deban cambiar su residencia para asumir sus empleos, les asiste el derecho a percibir la asignación contemplada en el artículo 98, letra d), inciso primero de la ley N° 18.834. Sobre el particular, es dable señalar que el citado precepto otorga una asignación por cambio de residencia, en lo que interesa, a los servidores que para asumir el cargo o cumplir una nueva destinación, se vean obligados a cambiar su residencia habitual, y que una vez terminadas sus labores vuelva al lugar en que residía antes de ser nombrado. En ese sentido, la jurisprudencia administrativa de este Organismo de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N os 33.200, de 2007 y 38.926 de 2011, ha concluido que del análisis del citado precepto, se desprende que aquél es aplicable sólo a quienes ejercen un cargo como titular, por cuanto, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 73 del mismo cuerpo estatutario, aquellos designados a contrata no pueden ser objeto de destinación, medida que, precisamente, constituye el fundamento del emolumento en consulta. Por consiguiente, y en armonía con lo informado para un caso similar en el dictamen N° 2.593, de 1999, de este origen, resulta forzoso concluir que a los funcionarios que deban cambiar su residencia para asumir un empleo a contrata no les asiste derecho a percibir el beneficio en estudio. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República