Dictamen CGR

Dictamen N° 70023/2014

2014-09-09 · Administración financiera, presupuesto y rendición de cuentas · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre evaluación de cumplimiento de programas de mejoramiento de la gestión
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N° 70.023 Fecha: 09-IX-2014 Se ha dirigido a esta Contraloría General el Subsecretario de Salud Pública, reclamando en contra de la decisión de la Dirección de Presupuestos, en orden a no validar el cumplimiento de determinados aspectos del Programa de Mejoramiento de la Gestión de dicha institución, respecto de las secretarías regionales ministeriales -SEREMI- de salud de las regiones de Arica y Parinacota y del Libertador General Bernardo O'Higgins. Solicitado su informe, la Dirección de Presupuestos señala, en síntesis, que revisados los antecedentes en su oportunidad, así como con ocasión del reclamo que interpuso el Ministro de Salud, se determinó que el organismo no acreditó haber ejecutado el porcentaje de la meta que se había fijado en cada caso. Sobre el particular, cabe recordar que el inciso cuarto del artículo 4° de la ley N° 19.490, establece que los funcionarios de planta y a contrata pertenecientes al servicio tienen derecho a una bonificación por desempeño institucional. Agrega su inciso final que a través de un reglamento se regulará, entre otros aspectos, los mecanismos de control y evaluación de las metas. Por su parte, el decreto N° 425, de 1997, del Ministerio de Salud, que reglamenta la aplicación del citado precepto de la ley N° 19.490, dispone en su artículo 10, inciso tercero, que serán metas terminadas aquellas que se hayan cumplido íntegra y oportunamente. A su vez, el artículo 12 señala que mediante decreto fundado suscrito por el Ministro de Salud conjuntamente con el de Hacienda se fijará el porcentaje a pagar de la bonificación en cuestión. Ahora bien, en la situación en examen, de acuerdo con los antecedentes tenidos a la vista, aparece que mediante el decreto exento N° 141, de 2013, del Ministerio de Salud, suscrito por el Secretario de Estado del ramo así como por el de Hacienda, se establecieron los porcentajes de bonificación por desempeño institucional para los funcionarios de planta y contrata de la Subsecretaría de Salud Pública, considerando que cumplieron con el 90% de las metas fijadas para el año 2012. Como puede apreciarse, los Secretarios de Estado aludidos ejercieron la atribución que les confiere el citado artículo 12 del decreto N° 425, de 1997, en orden a evaluar el cumplimiento de los objetivos de gestión integrantes de los Programas de Mejoramiento de la Gestión. Precisado lo anterior, resulta del caso señalar que a esta Contraloría General, de conformidad con la Constitución Política y las normas de su Ley Orgánica N° 10.336, solo le compete efectuar un control jurídico y no evaluar el cumplimiento de los objetivos que conforman los Programas de Mejoramiento de la Gestión de las entidades afectas a este sistema (aplica criterio contenido en el dictamen N° 14.309, de 2008). En el caso en estudio, la Subsecretaría de Salud Pública manifiesta que el cumplimiento parcial de las metas comprometidas para el año 2012 se debió, respecto de la SEREMI de Salud del Libertador General Bernardo O'Higgins, a variables que podrían estimarse externas y que se traducen, en síntesis, en una alta rotación de funcionarios encargados de los procesos de registro y de autoridades regionales, además de diversas alertas sanitarias que afectaron a la zona. No obstante, la Dirección de Presupuestos al ponderar los hechos descritos, no acogió esas argumentaciones, sin que corresponda que este Organismo Fiscalizador efectúe una nueva evaluación de esos motivos. Asimismo, y en relación con la SEREMI de Salud de Arica y Parinacota, el mismo recurrente reconoce que no se registró oportunamente la información requerida por el respectivo sistema, sin que la Dirección de Presupuestos haya acogido las explicaciones invocadas en la instancia pertinente, por lo que tampoco se advierte alguna vulneración a la normativa que rige la materia. En consecuencia, se desestima la solicitud de la Subsecretaría de Salud Pública. Transcríbase a la Dirección de Presupuestos. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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