Dictamen N° 7047/2015
N° 7.047 Fecha: 26-I-2015 Esta Entidad de Control ha dado curso a la resolución del epígrafe, por medio de la cual se aprueban las bases de licitación pública para la adquisición, por sistema de suministro, de RITUXIMAB para el Hospital Clínico de la Universidad de Chile, por encontrarse ajustada a derecho. No obstante, cumple con manifestar que, atendido el principio de libre concurrencia de los oferentes consagrado en el artículo 4° de la ley N° 19.886, lo expresado en el artículo 13, letra a.1), N° 3, del pliego administrativo de condiciones, en orden a que las personas naturales deberán acompañar copia simple de la última declaración anual de impuesto a la renta, debe entenderse como una mera recomendación que no impide la participación en la propuesta (aplica criterio contenido en el dictamen N° 76.856, de 2011, de este origen). Asimismo, cabe advertir que será necesario que en los anexos N°s. 2-A y 2-B de las bases administrativas, además de indicar que el oferente no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores, dentro de los dos años anteriores a la presentación de la oferta, se exprese que, en ese mismo lapso, no ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, atendida la modificación introducida por el artículo 401 de la ley N° 20.720 al artículo 4° de la ley N° 19.886. Con los alcances que anteceden se ha tomado razón del acto administrativo enunciado. Saluda atentamente a Ud., Osvaldo Vargas Zincke Contralor General de la República Subrogante