Dictamen N° 72330/2013
N° 72.330 Fecha : 07-XI-2013 Se ha dirigido nuevamente a esta Contraloría General don Héctor Aníbal Morales Ramírez, requiriendo se reconsidere el dictamen N° 4.376, de 2013, de este origen, que concluyó que para la designación de apoderados en procedimientos administrativos que no prevén una norma especial al efecto, debe aplicarse el artículo 22 de la ley N° 19.880, atendido el carácter supletorio de ese texto legal. Al respecto, debe anotarse que esta Entidad Fiscalizadora ya se pronunció frente a otra solicitud de reconsideración del apuntado dictamen, promovida por este mismo peticionario, a través del oficio N° 34.483, de 2013, en que se ratificó y complementó el referido documento y también el dictamen N° 60.721, de 2006. En atención a lo expuesto, y dado que el recurrente no aporta nuevos antecedentes relevantes que hagan variar el criterio contenido en aquellos pronunciamientos, no cabe sino confirmar los dictámenes N°s. 60.721, de 2006, y 4.376 y 34.483, ambos de 2013. Finalmente, cumple con hacer presente que cualquier futura presentación que el solicitante formule acerca de la misma materia, en la medida que no aporte elementos de juicio distintos a los esgrimidos hasta ahora, será archivada sin más trámite por este Organismo de Control. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República