Dictamen CGR

Dictamen N° 72663/2016

2016-10-04 · Personal de FFAA, de Orden y Seguridad y Gendarmería · general · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Procede que Gendarmería de Chile haya dispuesto la prórroga del nombramiento de la interesada como jefe del departamento solo hasta el término del fuero maternal que le asiste y no por otros tres años
Aplicado por
Dictamen N° 8124/2020
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N° 72.663 Fecha: 04-X-2016 Se ha dirigido a esta Contraloría General la señora Pamela Leiva Hernández, funcionaria de Gendarmería de Chile, quien consulta acerca de la decisión adoptada por esa superioridad de prorrogar su designación como Jefe Técnico Regional de Tarapacá de la misma entidad, por un lapso de cinco meses, no obstante haber sido calificada los tres últimos años en Lista N° 1 de Distinción, lo que le permitiría, a su parecer, continuar ejerciendo sus labores por un nuevo trienio. Requerida al efecto, la aludida institución informó que la medida tomada respecto de la recurrente obedece estrictamente al cumplimiento de las normas de protección a la maternidad. Sobre el particular, cabe expresar, en primer término, que en los antecedentes tenidos a la vista aparece que la peticionaria ejerce un empleo de jefe de departamento, grado 6 E.U.S., para servir la jefatura regional que indica, desde el año 2013, y que el 10 de mayo de la presente anualidad se le notificó la renovación de su nombramiento en el citado cargo hasta el 8 de octubre de 2016, fecha que coincide con el término de su fuero maternal. Dicho lo anterior, es útil anotar que el artículo 8° de la ley N° 18.834, establece que los cargos de jefe de departamento y de los niveles que ahí se señalan, son de carrera y se someten a las normas especiales que se contemplan en dicha norma, entre las que debe destacarse la indicada en su letra d), que dispone que la permanencia en esos cargos será por tres años, pudiendo al término de ese período el jefe superior de cada servicio, previa evaluación de desempeño del servidor, resolver la prórroga de su nombramiento, por una sola vez, por igual lapso, o bien llamar a concurso. Agrega el precepto en comento que los funcionarios continuarán en sus cargos mientras se encuentren calificados en lista N° 1, de Distinción. Como puede apreciarse, y tal como se ha manifestado en el dictamen N° 65.515, de 2010, de este origen, el plazo de nombramiento en los cargos de que se trata es de tres años, siendo una atribución privativa y discrecional del jefe superior de cada servicio ordenar su prórroga por idéntico lapso, previa valoración del quehacer del funcionario, o bien llamar a un proceso de selección, constituyendo esa decisión un aspecto de mérito o conveniencia de la autoridad competente. De lo expuesto, es posible concluir que el hecho que la interesada se ubicara los últimos tres años en lista N° 1 no implica, como ella parece entenderlo, que la superioridad hubiere estado obligada a disponer la prórroga de su nombramiento como jefe de departamento por otros tres años, siendo dable agregar -en armonía con lo precisado en el dictamen N° 5.675, de 2014, de este origen- que no corresponde a este Órgano Fiscalizador ponderar las razones o fundamentos de la determinación que en ese sentido adoptó la Administración activa, sin perjuicio de que el ejercicio de tal potestad no puede traducirse en un actuar infundado o arbitrario, de un modo que signifique una desviación de poder. Finalmente, es pertinente destacar que según se desprende de lo informado por Gendarmería de Chile, la requirente se encontraba amparada por fuero maternal, razón por la cual, cumplidos los tres años de su nombramiento, se dispuso la prórroga del mismo hasta el término de ese beneficio, lo cual significó que dicha prolongación fuera inferior a un trienio, proceder que se ajusta a lo sostenido por la jurisprudencia administrativa de esta Entidad de Control, contenida en el referido dictamen N° 65.515, de 2010, razón por la cual no es objetable la resolución del nombrado servicio. Transcríbase a Gendarmería de Chile y a la Contraloría Regional de Tarapacá. Saluda atentamente a Ud. Por orden del Contralor General Víctor Hugo Merino Rojas Jefe División de Personal de la Administración del Estado

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