Dictamen N° 72821/2014
N° 72.821 Fecha: 23-IX-2014 La Policía de Investigaciones de Chile ha remitido, nuevamente, el reclamo de su funcionario, señor Ivar Ulises Villena Castillo, quien conforme con lo prescrito en el artículo 53 del decreto N° 1, de 1982, del Ministerio de Defensa Nacional, Reglamento de Sumarios Administrativos e Investigaciones Sumarias, objeta la sanción de separación que se le impusiera. Al respecto, cabe recordar que esta Contraloría General, mediante el dictamen N° 24.330, de 2014, señaló que esa institución debía solicitar al Juzgado de Garantía de Arica un pronunciamiento sobre el alcance de su resolución de fecha 4 de julio de 2013, en el sentido de precisar la época desde la cual se le hubiese conferido al señor Villena Castillo uno de los beneficios establecidos en la ley N° 18.216, de manera que mientras no existiera la referida aclaración, este Órgano Fiscalizador se abstendría de revisar la legalidad del proceso sumarial que se impugna, así como lo relativo a la eventual configuración de la causal de inhabilidad contemplada en el artículo 64 de la ley N° 18.575, que se le atribuye a aquél. En este sentido, es dable expresar que el certificado emitido por ese tribunal, acompañado por la Policía de Investigaciones de Chile, si bien deja constancia que al día 2 de diciembre de 2013, la causa seguida en contra del mencionado funcionario, estaba concluida por sentencia ejecutoriada, agregando que tanto la pena principal como la accesoria que allí se indican, fueron cumplidas, tal documento no específica que el interesado haya sido favorecido con la ley N° 18.216 ni la data, a partir de la cual, ello se habría verificado, información necesaria para poder resolver acerca de la situación de este último. En atención a lo expuesto, se ratifica el dictamen N° 24.330, de 2014, de este origen, devolviéndose el expediente sumarial acompañado. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República