Dictamen N° 73916/2012
N° 73.916 Fecha: 27-XI-2012 Esta Contraloría General no ha tomado razón de la resolución N° 778, de 2012, de la Intendencia de la Región Metropolitana de Santiago, que otorga el auxilio de la fuerza pública al Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región Metropolitana, para que Carabineros de Chile proceda a la detención de la persona que indica, por cuanto no se encuentra ajustada a derecho, toda vez que ha sido enmendada la fecha de su emisión, sin haber sido ésta salvada. Al respecto, cumple con hacer presente que de conformidad con lo señalado en la jurisprudencia administrativa de este Órgano de Control, contenida, entre otros, en los dictámenes N°s. 22.265, de 2010 y 2.466, de 2011, las enmiendas que se efectúen a los actos administrativos remitidos para el control preventivo de legalidad, deben ser salvadas al margen de cada una de ellas mediante timbre y firma de la autoridad o ministro de fe competente, con el objeto de velar por la integridad y autenticidad del acto, y de que exista constancia, en cuanto a que el jefe superior del respectivo Servicio haya dispuesto o tomado conocimiento de las mencionadas enmiendas, lo cual no se ha verificado en la especie. Atendido lo anterior, en lo sucesivo, la citada entidad deberá adoptar las medidas que sean necesarias a fin de evitar nuevas situaciones como la descrita, especialmente cuando dichos actos deben producir sus efectos en determinadas fechas, tal como ocurre en la especie. En consecuencia, se representa la resolución en examen. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República