Dictamen CGR

Dictamen N° 73992/2010

2010-12-10 · Municipalidades y administración local y regional · municipal · Aplica Jurisprudencia · Vigente
Sumario. Sobre solicitud de reconsideración de dictamen relativo a la celebración de sesiones en el Concejo Municipal de Macul
Aplicado por
Dictamen N° 23136/2012
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Dictamen N° 400/2011
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N° 73.992 Fecha: 10-XII-2010 Se ha dirigido por cuarta vez a esta Contraloría General don Eusebio Rivera Muñoz, solicitando la reconsideración del dictamen N° 18.060, de 2010, mediante el cual esta Entidad Fiscalizadora señaló que las sesiones ordinarias del Concejo Municipal de Macul debían ser celebradas en días hábiles, no resultando aconsejable que se realizaran en tres días seguidos, atendido el objetivo previsto por el legislador y considerando las importantes labores que realiza ese cuerpo colegiado. Al respecto, es del caso indicar que mediante los oficios N°s. 22.750 y 39.043, ambos de 2010, se respondieron anteriores solicitudes de reconsideración del citado dictamen N° 18.060, de 2010, precisándose que no existe impedimento para que el concejo municipal, si lo estima pertinente y cumpliendo con lo establecido en los artículos 83 y 84 de la ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, modifique el calendario de sesiones fijado originalmente en el acta de instalación. Ello, sin perjuicio de lo manifestado en el dictamen recurrido. Luego, considerando que la situación de la especie, como puede apreciarse, ha sido estudiada latamente por este Órgano de Control, y dado que, en el dictamen recurrido ya se indicó la forma como ese municipio debía regularizar la situación de la especie, pudiendo además ratificar posteriormente los acuerdos pertinentes que hubieren sido adoptados en contravención a la jurisprudencia procedente, no cabe sino confirmar dicho pronunciamiento. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República

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