Dictamen N° 74648/2014
N° 74.648 Fecha: 29-IX-2014 Se han dirigido a esta Contraloría General los señores Jorge Rivera Alarcón, Cristián Soto Galdámez y Andrés Hueichao Arévalo, consultando si el diploma de Licenciado en Historia conferido por la Universidad Alberto Hurtado, permite postular al Curso de Formación de Oficiales Policiales Profesionales de la Policía de Investigaciones de Chile. Requeridos sus informes, dicha entidad de orden y seguridad se refirió a la normativa y jurisprudencia aplicables a la materia. Por su parte, el respectivo establecimiento de educación superior sólo señaló que el diploma en comento tiene el carácter de grado académico terminal, equivalente a un título profesional. Sobre el particular, cabe recordar que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3°, letra d), del decreto N° 110, de 2006, del Ministerio de Defensa Nacional, para ingresar al aludido curso es necesario, entre otras exigencias, contar con un título de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, requisito que, según se colige de la denominación del mencionado curso, se refiere a títulos profesionales. Luego, es menester hacer presente que la jurisprudencia de esta Entidad de Control, contenida, entre otros, en el dictamen N° 63.566, de 2014, ha señalado que podrá existir una equivalencia entre un título profesional y un grado académico, en la medida que las universidades que los confieren, acorde con sus disposiciones orgánicas, declaren que esos grados, por ser terminales y no conducentes a la obtención de un título profesional, son asimilables a éstos últimos, tal como ocurre en la especie. Por otra parte, resulta necesario consignar que el artículo 104, inciso segundo, del decreto con fuerza de ley N° 2, de 2009, del Ministerio de Educación, reconoce que los establecimientos de educación superior están dotados de autonomía académica, esto es, la potestad para decidir por sí mismos la forma en que desarrollan sus labores de docencia, así como la fijación de sus planes y programas de estudios, de lo que es posible inferir que compete a éstos calificar la calidad de sus diplomas y la extensión de sus carreras, según se ha precisado en el dictamen N° 60.959, de 2014, de este origen. En consecuencia, procede concluir que el diploma de Licenciado en Historia por el cual se consulta, permitirá optar al curso de que se trata, en la medida que la mencionada universidad también certifique que su plan de aprendizaje tiene una duración de, al menos, ocho semestres. Transcríbase a la Policía de Investigaciones de Chile, a la Universidad Alberto Hurtado y a los señores Cristián Soto Galdámez y Andrés Hueichao Arévalo. Saluda atentamente a Ud. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República