Dictamen N° 7493/2013
N° 7493 Fecha : 01-II-2013 Se ha dirigido a esta Contraloría General doña Marianela Oliva López, Directora del Centro de Salud Familiar de la Municipalidad de Lo Espejo, para poner en conocimiento de esta Entidad Fiscalizadora, y solicitar su intervención, en una serie de acusaciones, a su juicio de naturaleza injuriosa, que han efectuado dos funcionarias del departamento donde actualmente se desempeña, a consecuencia de las cuales se ha ordenado la instrucción de un procedimiento disciplinario en su contra. Requerido al efecto, el aludido municipio informó, en síntesis, que se dispuso instruir dos investigaciones sumarias, ambas acumuladas y elevadas a sumario, cuya etapa investigativa se encuentra terminada, y en espera de la decisión por parte de la máxima autoridad edilicia. Sobre el particular, y en lo relativo a las denuncias a que se refiere la interesada en su presentación, cabe hacer presente que, según se precisara, entre otros, en los dictámenes N°s. 26.004, y 68.499, ambos de 2012, de este origen, los sumarios administrativos son procedimientos reglados en los que no caben otros trámites o instancias que aquellas previstas en la regulación que al efecto establece la ley N° 18.883, Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales, cuerpo normativo que no contempla la posibilidad de que esta Contraloría General emita una opinión anticipada respecto de procesos disciplinarios en curso. En tal circunstancia, no cabe sino desestimar. por ahora, el requerimiento de la señora Oliva López, por no ser esta la oportunidad para deducirlo, sin perjuicio de manifestar que si al término del sumario de la especie, aquella resulta afectada por la aplicación de una medida sancionatoria, como consecuencia de actuaciones investigadas en el proceso, y considera que este adolece de vicios de legalidad, puede interponer ante esta Entidad de Control el recurso especial de reclamación contemplado en el artículo 156 de la citada ley N° 18.883, dentro del plazo de diez días hábiles, contado desde que se le notifique el decreto de término. Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República